Sí. Las plataformas elevadoras móviles están incluidas como equipos de trabajo según el RD 1215/1997, por lo que deben cumplir todas las condiciones de seguridad exigidas.
¿Qué tal el verano? Cuando hablar de lo personal en el trabajo no es una distracción, sino una oportunidad
Hace días que septiembre echó a andar. Con él, el ritmo laboral vuelve a intensificarse y las reuniones reaparecen en la agenda con su carga habitual de tareas,...





