Sí. El Real Decreto permite completar la jornada con tareas en el exterior, siempre que se respeten los límites de permanencia en el interior.
¿Por qué una misma norma de Prevención de Riesgos Laborales puede interpretarse de forma diferente según el caso?
Porque la PRL se adapta al contexto: el sector, tipo de tarea, nivel de riesgo, tamaño de la empresa, ubicación, condiciones del trabajador y...



