Sí. Según el Criterio Técnico 104/2021, la no evaluación de riesgos psicosociales puede constituir una infracción grave y un incumplimiento de las obligaciones del empresario según la LPRL.
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





