Sí. Aunque no estás obligado a impartir personalmente la formación, la normativa exige que todos los empleados que manipulen alimentos estén formados en higiene y seguridad alimentaria. Tú, como responsable, eres el garante de esa formación ante inspecciones y posibles incidencias sanitarias.
¿Qué tipos de pruebas pueden solicitar los tribunales para acreditar la diligencia preventiva de la empresa?
Registros de formación, partes de entrega de EPIs, evaluaciones individuales de riesgos, actas de reuniones, informes médicos, revisiones periódicas...



