Sí. Aunque no estás obligado a impartir personalmente la formación, la normativa exige que todos los empleados que manipulen alimentos estén formados en higiene y seguridad alimentaria. Tú, como responsable, eres el garante de esa formación ante inspecciones y posibles incidencias sanitarias.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



