Sí. Aunque no estás obligado a impartir personalmente la formación, la normativa exige que todos los empleados que manipulen alimentos estén formados en higiene y seguridad alimentaria. Tú, como responsable, eres el garante de esa formación ante inspecciones y posibles incidencias sanitarias.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



