Las empresas deben garantizar la protección de las personas trabajadoras y prevenir los riesgos laborales durante el embarazo, pues se trata de un momento de especial vulnerabilidad. Cuando se notifica la situación de embarazo, la empresa debe tener en cuenta que hay que revisar los posibles riesgos del puesto de trabajo y adaptar las medidas de prevención a las nuevas problemáticas que puedan ir surgiendo.
¿Cuáles son los derechos de la persona trabajadora embarazada?
Para que la empresa pueda reconocer la situación de embarazo de una persona trabajadora, es necesario que esta comunique su situación. De esta forma podrá exigir la adopción de las medidas preventivas pertinentes.
La empresa debe informar a la persona embarazada de los riesgos y medidas preventivas, así como de los puestos de trabajo afectados para ser desempeñados por una persona en estado de gestación o lactancia.
Las personas trabajadoras embarazadas tienen derecho a ausentarse del trabajo para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación para el parto. También tendrán derecho a remuneración siempre que hayan avisado previamente a la empresa.
¿Cómo prevenir los riesgos laborales durante el embarazo?
Actuación de la empresa
Identificar los riesgos
La empresa deberá identificar todos los peligros o situaciones generales que puedan suponer un riesgo potencial para la salud de la persona embarazada.
Eliminar los riesgos y establecer medidas preventivas
Tras la comunicación del embarazo o lactancia por parte de la persona trabajadora, la empresa deberá reevaluar e intentar eliminar los riesgos. En el caso de que estos persistan, se deben adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición.
No es necesario realizar una evaluación técnica para eliminar riesgos que sean evidentes.
En caso de duda, se deberá aplicar el principio de precaución. Entre las medidas que nos indica, destacan las siguientes:
- Adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo.
- Cambio de puesto de trabajo a uno compatible con el estado de la persona embarazada.
- Baja laboral si el personal médico considera que la actividad en el trabajo comporta o puede comportar un riesgo durante el embarazo o lactancia.
Establecer la relación de puestos de trabajo sin riesgo (en caso de que sea necesario)
Tras consultar con la representación de los/as trabajadores/as, la empresa deberá determinar la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgo para el embarazo y la lactancia.
Factores de riesgo
- Elementos físicos que puedan provocar lesiones fetales o un desprendimiento de la placenta.
- Agentes químicos que pongan en peligro el periodo de gestación o de lactancia.
- Agentes biológicos que pongan en peligro la salud de la persona embarazada o del feto, salvo si existen pruebas de que la persona trabajadora está suficientemente protegida contra estos agentes por su estado de inmunización.
Formación en prevención
Es obligación de la empresa informar sobre los riesgos a los que puedan estar expuestas las personas trabajadoras embarazadas o en lactancia natural. También lo es el informar sobre cualquier medida relacionada con la seguridad y salud de los/as trabajadores/as y, en este caso en particular, medidas que afecten directamente a las personas embarazadas o en periodo de lactancia.
Se debe garantizar que las personas trabajadoras reciban la adecuada formación sobre los riesgos que pueden derivar de su actividad laboral y que pueden generar riesgos para el embarazo y la lactancia.
El objetivo de esta formación es dotar a las personas trabajadoras de los conocimientos necesarios para que puedan identificar, prevenir y evitar los riesgos que se puedan dar en la realización de su actividad laboral durante el periodo de embarazo o lactancia.
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