Planificando menús flexibles según el calendario agrícola local, trabajando con proveedores de proximidad, formando al personal sobre rotación de productos e incorporando técnicas culinarias que respeten la estacionalidad (como escaldados, encurtidos o cocciones rápidas). Esto permite mantener creatividad y rentabilidad sin renunciar a la calidad ni sostenibilidad.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



