El texto indica que, aunque la LPRL es general, existen normas sectoriales (RD 110/2015), autonómicas (Ley 1/2024) y jurisprudencia que particularizan y refuerzan las obligaciones preventivas en este sector.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.