Utiliza neveras portátiles con hielo o acumuladores para mantener la temperatura por debajo de 4 °C. Separa bebidas y alimentos en distintas neveras para evitar aperturas frecuentes. Transporta carnes, pescados y aves bien envueltos para evitar la contaminación cruzada.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.