Se considera accidente de trabajo cuando hay un contagio o aislamiento relacionado directamente con el trabajo, especialmente en entornos sociosanitarios o con exposición profesional a agentes biológicos, como reconocen sentencias del TSJ de Castilla y León y Madrid.
¿Qué ocurre si no hay una norma específica para un riesgo laboral en cruceros turísticos?
Se aplica supletoriamente la Ley 31/1995 y su normativa de desarrollo, salvo que una norma sectorial o internacional disponga lo contrario.