Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Qué consecuencias legales puede acarrear el incumplimiento de estas obligaciones preventivas?
Sanciones administrativas, responsabilidad civil y, en caso de daños graves, posible responsabilidad penal, al no integrarse adecuadamente la...



