Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
Qué puede revisar la Inspección de Trabajo ante el calor y otros fenómenos meteorológicos
La Inspección de Trabajo puede comprobar si la empresa ha identificado los riesgos derivados del calor y otros fenómenos meteorológicos adversos, si los ha evaluado...





