Sí. La obligación de conservación es general y homogénea para todos los servicios de prevención y empresas, conforme al art. 23 de la LPRL. En el caso de las ETT, se añade que también la empresa usuaria debe conservar la documentación (RD 216/1999).
Las empresas deberán adelantar su plan de movilidad sostenible al trabajo: menos plazo y más foco en seguridad vial y formación
El calendario del plan de movilidad sostenible al trabajo ha cambiado. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, ha reducido de 24 a 12 meses el plazo para que...





