En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico, espacios confinados, etc.
¿Qué exige el art. 316 del Código Penal para condenar al empresario?
Omisión dolosa o culposa de medios necesarios, generando peligro grave para vida o salud de los trabajadores.