Sí. La jurisprudencia exige formación adecuada y específica para el manejo de transpaletas eléctricas, no siendo suficiente la formación genérica en prevención de riesgos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



