Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Qué jurisprudencia refuerza la obligación de adaptar las medidas preventivas al sector de hostelería?
Sentencias como la del TSJ de Castilla-La Mancha (162/2021) y del TSJ de Aragón (561/2019) subrayan que el empresario debe adaptar las medidas...



