Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Es necesario adaptar la prevención en función del tipo de ganadería (porcina, bovina, avícola)?
Sí, aunque la normativa es general, debe aplicarse de forma específica a cada tipo de actividad ganadera, evaluando los riesgos concretos y...



