Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Qué jurisprudencia apoya la exigencia de evaluación ergonómica en trabajos como el planchado?
La Sentencia del TSJ de Canarias nº 782/2021 y la del TSJ de Cataluña nº 283/2019 refuerzan la exigibilidad legal de la evaluación ergonómica en...



