Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Es necesario documentar el cumplimiento del RD 1215/1997?
Sí. Es necesario conservar evidencia documental de las inspecciones de seguridad, mantenimiento, evaluaciones de riesgos, formación, instrucciones...



