Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Cómo mitigar áreas de riesgo identificadas en el documento (ambigüedad de residuos, falta de normativa estatal específica, etc.)?
Clasificar y documentar los residuos, aplicar la normativa sectorial y autonómica disponible, mantener formación y planificación exhaustivas, y...



