Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Qué dice la jurisprudencia sobre la aplicación de la normativa general a estas máquinas?
El TSJ de Galicia (06/10/2022, nº 4512/2022) y el TSJ de Madrid (21/02/2022, nº 134/2022) confirman que el RD 1215/1997 y la LPRL se aplican a...



