Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Es obligatorio identificar el lugar donde se teletrabaja?
Sí. Según la Ley 10/2021, debe especificarse en el acuerdo de teletrabajo, ya que la evaluación de riesgos y las medidas preventivas se aplican a...



