Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y Economía Circular. Fechas clave
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de España y la Autoridade para as Condições do Trabalho de Portugal han puesto en marcha una campaña conjunta sobre riesgos...





