Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿La falta de normativa sectorial específica exime al empresario textil de sus obligaciones en prevención?
No. La LPRL actúa como norma de mínimos y supletoria. La empresa está igualmente obligada a garantizar una protección eficaz, incluso sin una norma...



