Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Puede una microempresa delegar todas sus funciones preventivas en un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)?
Sí, una microempresa puede delegar legalmente toda su actividad preventiva en un SPA si no está obligada a constituir un servicio de prevención...



