Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Qué medidas deben adoptar las empresas ante el riesgo de enfermedades infecciosas?
Deben aplicar lo establecido en el RD 664/1997 sobre agentes biológicos, que incluye evaluación de riesgos, información a los trabajadores,...



