Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Puede comenzar una obra de construcción sin el plan de seguridad aprobado?
No. El plan debe estar aprobado por el coordinador o la dirección facultativa antes del inicio de los trabajos.



