Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Qué puede ocurrir si la empresa obstaculiza la labor de los delegados de prevención?
Puede incurrir en sanción administrativa, además de poner en riesgo la validez de sus procedimientos y la defensa jurídica ante un accidente...



