Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Por qué no existe una única respuesta válida para todas las empresas ante una misma obligación preventiva?
Porque la Ley de PRL exige adaptar las medidas al contexto concreto de cada empresa: tipo de actividad, riesgos, organización, recursos, entorno y...



