Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Es necesario documentar el cumplimiento del RD 1215/1997?
Sí. Es necesario conservar evidencia documental de las inspecciones de seguridad, mantenimiento, evaluaciones de riesgos, formación, instrucciones...



