Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Cómo mitigar áreas de riesgo identificadas en el documento (ambigüedad de residuos, falta de normativa estatal específica, etc.)?
Clasificar y documentar los residuos, aplicar la normativa sectorial y autonómica disponible, mantener formación y planificación exhaustivas, y...



