Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Qué riesgos deben evaluarse en el trabajo de reparto urgente?
Deben evaluarse riesgos como accidentes viales, carga y descarga, fatiga por jornadas prolongadas, estrés por presión de entregas, y trastornos...



