Sí. La empresa debe evaluar y medir periódicamente los niveles de exposición al ruido, compararlos con los valores legales (como el límite de 87 dB(A) diario) y tomar medidas cuando se superen los valores de acción o riesgo.
¿La falta de un convenio sectorial de telecomunicaciones exime de cumplir con la normativa general de prevención?
No. La normativa general, especialmente la LPRL y el RD 614/2001, actúa como derecho necesario mínimo y es plenamente exigible en ausencia de...



