Sí. La empresa debe evaluar y medir periódicamente los niveles de exposición al ruido, compararlos con los valores legales (como el límite de 87 dB(A) diario) y tomar medidas cuando se superen los valores de acción o riesgo.
Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y Economía Circular. Fechas clave
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de España y la Autoridade para as Condições do Trabalho de Portugal han puesto en marcha una campaña conjunta sobre riesgos...





