Sí. La empresa debe evaluar y medir periódicamente los niveles de exposición al ruido, compararlos con los valores legales (como el límite de 87 dB(A) diario) y tomar medidas cuando se superen los valores de acción o riesgo.
Las empresas deberán adelantar su plan de movilidad sostenible al trabajo: menos plazo y más foco en seguridad vial y formación
El calendario del plan de movilidad sostenible al trabajo ha cambiado. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, ha reducido de 24 a 12 meses el plazo para que...





