Sí. La empresa debe evaluar y medir periódicamente los niveles de exposición al ruido, compararlos con los valores legales (como el límite de 87 dB(A) diario) y tomar medidas cuando se superen los valores de acción o riesgo.
¿Qué dijo el Tribunal Supremo (STS 201/2023) sobre el SARS‑CoV‑2 y su clasificación?
Confirmó que la Directiva (UE) 2020/739 añadió el SARS‑CoV‑2 como agente del grupo 3 y que el RD 664/1997 obliga a proteger específicamente frente a...



