Sí. La empresa debe evaluar y medir periódicamente los niveles de exposición al ruido, compararlos con los valores legales (como el límite de 87 dB(A) diario) y tomar medidas cuando se superen los valores de acción o riesgo.
¿Qué ocurre si falta algún elemento esencial en el informe técnico preventivo?
La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los...



