Sí. La Sentencia del TSJ de Madrid, Sala Social, nº 920/2022 confirmó que la Ley 31/1995 es aplicable a empresas de distribución de alimentos, y que estas deben adaptar la evaluación de riesgos a las particularidades del trabajo alimentario.
El verdadero problema en PRL no siempre es técnico
Una de las paradojas más llamativas de la profesión del técnico de PRL es que su mayor desafío no suele ser la complejidad técnica del trabajo, sino las trabas y la...





