Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué jurisprudencia refuerza la obligación del empresario en tareas de alto riesgo?
Sentencias como la del TS de 30 de junio de 2010 y TSJ Andalucía nº 581/2022 reafirman que el empresario debe prever incluso distracciones no...



