Sí. El Real Decreto 664/1997 regula la exposición a agentes biológicos y su Anexo I incluye expresamente los “trabajos en centros de producción de alimentos”. Además, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación general de protección y la Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición refuerza la prevención en todas las fases de la cadena alimentaria.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



