Sí. El Real Decreto 664/1997 regula la protección frente a agentes biológicos y se aplica directamente al sector sociosanitario. Este marco se complementa con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y otras normas como el RD 773/1997 (EPIs) y el RD 39/1997 (Servicios de Prevención).
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



