No. La normativa general (LPRL y RD 1215/1997) impone obligaciones claras. La falta de regulación específica no reduce el estándar de diligencia exigido, como ha confirmado el TSJ de Galicia en la sentencia 2697/2025.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.