Sí, salvo que se trate de una imprudencia temeraria y la empresa haya demostrado haber entregado el EPI, formado al trabajador y vigilado activamente su uso. La “deuda de seguridad” del empresario requiere una vigilancia efectiva.
La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: qué cambia para empresas y servicios de prevención
El 28 de abril, coincidiendo con el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley de...





