Sí, la adaptación de puestos y medidas específicas evita la discriminación por razón de discapacidad u otras condiciones, y su incumplimiento puede suponer responsabilidad por discriminación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.