No. La responsabilidad del empresario es indelegable, incluso si la formación fue contratada externamente o si se designó un recurso preventivo, como ratificó el TSJ de Castilla y León (357/2021).
La UE actualiza las normas armonizadas de los EPI: qué deben saber las empresas
La Comisión Europea ha publicado una nueva lista de normas armonizadas aplicables a los equipos de protección individual. La actualización se ha realizado mediante la...





