En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
Cómo prepararse para los cambios en prevención de riesgos laborales
La prevención de riesgos laborales está viviendo un momento de transformación. Tanto el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) como la Inspección...




