En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
Aprende a gestionar el miedo para que juegue a tu favor
El miedo es una de las emociones más poderosas que experimentamos. Es un mecanismo de supervivencia que nos protege del peligro, pero también puede convertirse en un...





