En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
¿Por qué tenemos miedo al cambio?
“Tienes que cambiar" ¿Cuántas veces al escuchar estas palabras has sentido que algo se revuelve en tu interior? El cambio, aunque inevitable, nos incomoda, nos pone a...





