La piel aporta fibra que favorece la digestión y prolonga la sensación de saciedad. Su inclusión en cremas, guisos o ensaladas mejora el perfil nutricional y reduce el procesamiento innecesario de ingredientes.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.