Porque permite demostrar que se controlan los puntos críticos, como cocción, enfriamiento, conservación o higiene. Sin registros no es posible verificar que se cumplen los protocolos. Esto es esencial ante auditorías sanitarias o certificaciones.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.